DPI
Date viernes, 27 de noviembre de 2009 |

Para iniciar esto primero conozcamos que es DPI:
El Documento Personal de Identificación -DPI- es el único documento legal y oficial de identificación del ciudadano para todos los actos civiles, administrativos, legales y en general, para todos los actos en que, por ley, la persona deba identificarse. La cédula de vecindad aún tiene vigencia durante el período de sustitución por el DPI, perdiendo todo valor de identificación el 01 de enero de 2011.
1. Para los nuevos ciudadanos(Jóvenes 18 años):
- Certificación de nacimiento (6 meses máximo).
- Boleto de Ornato del año en curso.
- Pago DPI de Q85.00
2. Para sustituir la cédula de Vecindad:
- La solicitud del DPI para las personas que aún posean su cédula debe ser solicitada por el interesado Personalmente en el mes de nacimiento del mismo.
- Cédula de Vecindad Original.
- Fotocopia de Cédula de Vecindad (todas las páginas completas).
- Certificación de Nacimiento Reciente de la persona que solicita (no mayor de 6 meses de haber sido solicitada).
- Si la persona nació en otro municipio debe CONSTATAR PRIMERO que estemos en línea con éste municipio.
- Boleto de Ornato 2009 y fotocopia del mismo.
3. Para obetener tu DPI te debes dirigir a cualquier sede de Renap que esté en línea con su municipio de nacimiento.
- Si es sustitución de la Cédula de Vecindad, gratuito si presenta la cédula de vecindad.
- Nuevos Ciudadanos (los que cumplen 18 años) Q85.00
- Reposición o renovación Q85.00
Etiquetas: DPI
14:36